lunes, 30 de agosto de 2010

La justicia rechazó pedido de mujeres condenadas por prostituir a una menor

Viedma.- El Superior Tribunal de Justicia rechazó por improcedente el recurso de queja presentado por el abogado de dos mujeres condenadas a prisión efectiva por facilitar la prostitución a una menor de 17 años en una conocida whisquería de Viedma. Hay una nueva presentación por parte del letrado que adjudicó todo a un error.
Roberto Gaviña, abogado defensor de Flavia Llanqueleo y Graciela Mendoza presentó un recurso de casación que fue declarado inadmisible por el Tribunal mediante resolución Nº 192, del 5 de noviembre de 2009, que fue notificado por cédula a la parte el día 9 del mismo mes y año. Respecto de tal decisión, según constancias judiciales, el letrado deduce el recurso de queja en estudio, presentado en el Superior Tribunal el 13 de noviembre de 2009 a las 13.
El recurso fue interpuesto por Roberto Oscar Gaviña, defensor de Flavia Vanesa Llanqueleo (30) y Graciela Olinda Mendoza (50), a quienes el 28 de agosto de 2009 los jueces de la Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma condenaron a cuatro años y seis meses de prisión respectivamente con accesorias legales y costas, como coautoras penalmente responsables del delito de “facilitación de la prostitución de menor de 18 años”. No obstante, la chica tenía 17 años cuando se constató que trabajaba en el cabaret Rossé, de Viedma.
Según la agencia de noticias ADN, en el análisis formal de admisibilidad, se advirtió que “el recurso de hecho no puede prosperar atento a que el escrito no ha sido presentado dentro del término previsto por el artículo 447 del Código Procesal Penal, esto es tres días cuando se recurra el fallo de un Tribunal con asiento de funciones en esta localidad, como es el caso de autos”.
Gaviña fue notificado de la resolución denegatoria el 9 de noviembre de 2009, mientras que el recurso fue interpuesto el 13 del mismo mes y año a las 13. “En atención a que no ha habido ninguna suspensión de plazos en el lapso comprendido entre ambas fechas (tal como certifica la Secretaría de Superintendencia, el término de interposición vencía en las dos primeras horas de oficina de tal día 13, por lo que la presentación es evidentemente extemporánea y tal circunstancia me exime de tratar los agravios desarrollados”.
El abogado Roberto Gaviña, adjudico el rechazo a un error administrativo y expresó que ya concretó la presentación de una revocatoria que deberá ser contestada por el Superior Tribunal de Justicia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario