miércoles, 24 de noviembre de 2010

Llambay fue condenado a cinco años de cárcel por agredir con una botella a un hombre



Viedma .- La sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma, por mayoría, condenó al comerciante viedmense Miguel Angel Llambay (35) a cinco años de prisión por el delito de lesiones gravísimas por un hecho ocurrido el 23 de diciembre de 2007.
La agresión se registró en un conocido local nocturno ubicado sobre calle Garrone a muy pocos metros de la residencia del gobernador. En ese lugar, alrededor de las 5.30 de la mañana la víctima de la agresión, identificada como David Alegre se encontraba en la barra de “Códigos” y fue golpeado con una botella de champagne en la cabeza por Miguel LLambay.
Llambay, en el juicio dijo que se lo está tratando como “el enemigo público número uno, que cuando lo mataron a su padre le dieron al culpable 10 años y nunca fue preso, que a él lo condenaron a tres años efectivos y que ahora, en esta causa, le elevan la pena. Que él no le pego el botellazo a Alegre, que no necesita una botella para pelear con el chico y que ve una alevosía con el apellido Llambay”.
Para la fiscal de Cámara. Adriana Zaratiegui, “la prueba reunida en la investigación y en el debate judicial, tiene suficiente contundencia para afirmar la materialidad del hecho que fuera descripto, como la autoría penalmente responsable de Llambay en el mismo, se encuentran debidamente comprobadas con el grado de certeza requerido en un pronunciamiento condenatorio y en conformidad con las siguientes consideraciones”. El juez Francisco Cerdera coincidió con Zaratieguy y la querella.
 Por su parte, el juez Jorge Bustamante –presidente de la Cámara- apuntó disentir con Cerdera porque considera que “la prueba incorporada en el debate no es suficiente a los fines de fundar una sentencia condenatoria, ya que no logra constituir en mi un estado de certeza sobre la forma en que fue lesionada la víctima y la responsabilidad en el hecho del encartado, más allá de mi íntima convicción”.
“Es mi criterio que los testimonios parcializados a los que aludió la doctora Zaratiegui no son tales, sino que se tratan de declaraciones de cargo contradictorias sobre los mismos hechos. Parcializados serían aquellos que se refieren a distintos momentos, o visiones de distintos ángulos, sobre lo ocurrido. Sin embargo aquí los testigos propuestos por la acusación y la querella dijeron distintas circunstancias sobre lo mismo y ellas no se pueden unir, como los parcializados, sino que chocan entre sí”, agregó el magistrado, que planteó que debe absolverse al imputado por el beneficio de la duda.
Finalmente, el juez Pablo Estrabou coincidió con Cerdera y, en ese sentido, dio por probado el hecho y la autoría del mismo. La sentencia fue difundida, después de la serie de seis audiencias que se realizaron en distintos días de setiembre, octubre y este mes.
Esa condena se suma a otra emitida hace unos meses por la Sala A de la Cámara en lo Criminal, donde los jueces resolvieron darle tres años de prisión efectiva por la agresión al boxeador metralleta López. Esa resolución no está firme y fue elevada al Superior Tribunal de Justicia que tendrá que expedirse sobre ese fallo.

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